Consejo Constitucional
El Consejo constitucional ha sido creado por la Constitución de la V República, fechada el 4 de octubre de 1958. Es una jurisdicción dotada de diversas competencias, especialmente de control de conformidad de la ley con la Constitución. El Consejo Constitucional no es un Tribunal Supremo situado por encima del Consejo de Estado y del Tribunal de Casación.
En virtud del artículo 56 de la Constitución, el Consejo Constitucional se compone de nueve miembros nombrados, a los que se añaden miembros natos.
La Constitución
El bloque de constitucionalidad
Constitución de 4 de octubre de 1958Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789Preámbulo de la Constitución francesa de 27 de octubre de 1946Carta del medio ambianteNorma suprema del ordenamiento jurídico francés, la Constitución ha sido modificada en veinticuatro ocasiones desde su publicación, sea por el poder constituyente, sea por el Parlamento con las dos Cámaras reunidas, sea directamente por el pueblo tras un referéndum. Actualmente consta de dieciséis títulos, ciento cuatro artículos (entre los cuales un artículo transitorio) y un preámbulo. No se limita a organizar los poderes públicos o definir sus funciones y relaciones, puesto que este preámbulo remite directa y explícitamente a otros tres textos fundamentales: la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 26 de agosto de 1789, el preámbulo de la Constitución de 27 de octubre de 1946 (la Constitución de la IV República) y la Carta del Medioambiente de 2004.
Las resoluciones se notifican a las partes y se publican en el diario oficial, Journal officiel de la République Française (serie Lois et décrets). En lo que respecta a las sentencias de conformidad, la página Web del Consejo Constitucional permite acceder al texto del recurso parlamentario (desde 1983) y a las alegaciones del Gobierno (desde 1995).
El conjunto de las decisiones dictadas desde el origen está disponible sobre el sitio web del Consejo constitucional, y algunas decisiones se acompañan de un comentario redactado por su servicio jurídico.
Selección de sentencias sobre la QPC
Selección de decisiones de conformidad (DC)
Otras decisiones importantes